La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) reiteró de manera enfática que el cobro de comisiones por pagos con tarjeta de crédito o débito constituye una violación a la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC).
De acuerdo con el artículo 7 Bis de dicha ley, los proveedores están obligados a informar de forma clara y visible el precio total de los bienes o servicios ofrecidos, el cual debe incluir impuestos, comisiones, intereses, seguros o cualquier otro cargo adicional, sin que pueda cobrarse una cantidad extra por el uso de tarjetas bancarias.
«El monto total a pagar debe ser el mismo, sin importar el método de pago utilizado», recordó la institución en un comunicado.
Las sanciones por incumplir esta disposición legal están estipuladas en el artículo 127 de la LFPC, y pueden alcanzar hasta $2 millones 345 mil pesos, con multas mínimas de $733.04.
Además, Profeco advirtió que ningún comercio puede trasladar al cliente el cobro por el uso de la terminal bancaria, ya que incluso los contratos de afiliación firmados con instituciones financieras y registrados ante la Condusef lo prohíben expresamente. Esta práctica es motivo suficiente para rescindir dichos contratos.
Asimismo, la dependencia recordó que la propina no puede incluirse en la cuenta final, ya que se trata de una gratificación voluntaria, y que obligar al consumidor a pagarla contraviene el artículo 10 de la LFPC, al incurrir en métodos coercitivos y cláusulas abusivas.
📢 ¿Qué hacer si te cobran comisión o propina obligatoria?
La Profeco invitó a la ciudadanía a presentar su queja o denuncia en cualquiera de las 38 Oficinas de Defensa del Consumidor (ODECO) del país, o bien a través de los siguientes canales:
- 📞 Teléfono del Consumidor: 55 5568 8722 | 800 468 8722 (interior del país)
- 📧 Correo: denunciasprofeco@profeco.gob.mx
- 📲 Redes sociales: X: @AtencionProfeco | @Profeco / Facebook: ProfecoOficial
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