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Proponen que sea obligatorio solicitar autorización para modificaciones a Presupuestos de Egresos

Publicada el 28 abril, 202528 abril, 2025 por Andrés Salcido
  • La diputada Alejandrina Corral presentó iniciativa de reforma a la Ley de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público del Estado.

La diputada panista Alejandrina Corral Quintero, presentó iniciativa de reforma a la Ley de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público del Estado de Baja California para fortalecer los procesos de prevención, vigilancia, auditoría y verificación de programas, proyectos, servicios, rendición de cuentas, desempeño de los servidores y combate a la corrupción.


En ese sentido la inicialista manifestó que “todo buen gobierno que se jacte de serlo, debe establecer políticas públicas que obliguen a toda la estructura de la Administración Estatal a adoptar conceptos de transparencia y gobierno abierto, a fin de que sea posible la verificación del ejercicio correcto de los recursos públicos, el cumplimiento de los programas de trabajo y la obtención de resultados, y en todo momento, brindar las herramientas para verificar el correcto uso de los recursos públicos”.


La atribución fiscalizadora conferida constitucionalmente al Poder Legislativo se realiza por conducto de la Auditoría Superior del Estado, órgano encargado de fiscalizar la administración, manejo, custodia y aplicación de fondos, subsidios y recursos de los poderes del Estado y de las entidades públicas estatales.


En ese sentido la Ley de Presupuesto en su numeral 50, establece el procedimiento para realizar ajustes a las partidas presupuestales, en el cual el Poder Ejecutivo requiere de la aprobación del Poder Legislativo.


Dicho procedimiento tiene como excepción cuando se efectúen transferencias entre partidas presupuestales de un mismo ramo y capítulo en el Presupuesto de Egresos respectivo, siempre y cuando la transferencia presupuestal acumulada para cada partida afectada, no exceda del 15% del monto autorizado para la misma en el Presupuesto de Egresos de inicio del ejercicio, entre otros supuestos.


“Actualmente, sólo se envía la solicitud de autorización de este Congreso del Estado para dicho movimiento, como un simple aviso, sin que se requiera autorización alguna y sin que los integrantes de esta legislatura tengamos oportunidad de pronunciarnos sobre la viabilidad de dichos movimientos presupuestarios, pues no se nos da a conocer el expediente respectivo, lo que considero va en contra de la función fiscalizadora y de vigilancia en el manejo y ejercicio del gasto público que está a cargo de este Congreso del Estado”, señaló.


Por lo que esta medida legislativa tiene por objeto reformar el artículo 50 de la ley en comento, para quedar como sigue: “El Congreso del Estado resolverá lo procedente, dentro de los treinta días siguientes a la recepción de la solicitud. La falta de respuesta por parte del Congreso del Estado dentro del plazo señalado será considerada como una negativa a la respectiva solicitud”.


Respecto a las partidas de ampliación automática a las que se refiere dicho numeral, “el Congreso del Estado resolverá lo procedente al evaluar la información de los avisos, los informes de avances de gestión y al cierre presupuestal del ejercicio”, en el mismo sentido, se aplicará para las solicitudes de autorizaciones dirigidas al Ayuntamiento.

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