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Proponen legislar sobre «Suicidio Feminicida». Buscan castigar a agresores que inducen el suicidio

Publicada el 13 junio, 202313 junio, 2023 por Andrés Salcido
  • La diputada Araceli Geraldo propone integrar el delito de inducción al suicidio feminicida para sancionar a los agresores.
  • En el marco de la Alerta de Violencia de Género en que se encuentra Baja California es necesaria la tipificación penal exacta para ser enjuiciados.

Con el objetivo de integrar la figura del suicidio feminicida, un nuevo tipo penal con el que se sancionará a los agresores de mujeres que las inducen a suicidarse por el entorno de violencia de género que construyen a su alrededor, la diputada morenista Araceli Geraldo Núñez, presentó iniciativa mediante la cual se adiciona el artículo 131 BIS al Código Penal para el Estado de Baja California.

Es importante señalar que los feminicidios cometidos en manos directamente del agresor son perseguidos, sin embargo en muchas ocasiones se van dejando de lado aquellos que por la falta de tipificación penal exacta quedan sin ser enjuiciados, pues fueron omitidos y únicamente forman parte de la lista de supuestos suicidios en nuestro país, sin considerar, que el propio agresor es quien obliga a la víctima de manera emocional o psicológica, por lo que dicha presión ejercida sobre la mujer por razón de género, se traduce en instigarla y/o ayudarla a privarse de la vida.

La muerte por suicidio es el final de una violencia estructural contra la mujer y que en el marco de la Alerta de Violencia de Género en que se encuentra Baja California es necesario legislar para sancionar dicha conducta, por lo que la legisladora Araceli Geraldo, propone la tipificación del Suicidio feminicida en el Código Penal, adicionando el artículo 131 BIS que señala: “comete el delito de suicidio feminicida, quien induzca, obligue, preste ayuda u por sus acciones y violencia ejercida contra una víctima del género femenino la aliente para privarse de la vida, valiéndose de cualquiera de las circunstancias ahí especificadas”.

En el mismo sentido, establece que la persona que cometa el delito de suicidio feminicida será sancionada con prisión de cinco a diez años, así mismo establece que si el suicidio no se llevara a efecto por cualquier circunstancia ajena a la voluntad, presión o acciones perpetradas por el agresor, pero si su intento produce lesiones, las sanciones serán de conformidad con lo establecido en este Código para las lesiones en razón de género.

Refirió que el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional en Seguridad Pública (SESNSP) descubrió en 2022, diversos indicadores de que la violencia contra la mujer aumentó en relación a 2021, por lo que visibilizar y penalizar el “suicidio feminicida” permitirá a las instituciones del Estado poder tratar tanto a las víctimas como sus deudos y prevenir este tipo de delitos, por lo que con esta reforma se contribuye a una nueva forma de protección de las mujeres.

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