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Ajusta INE Reglamento de sesiones para organizar elecciones del Poder Judicial de la Federación

Publicada el 22 septiembre, 202422 septiembre, 2024 por Andrés Salcido
  • El Consejo General se integrará únicamente por consejerías electorales, con derecho de voz y voto, así como una Secretaria o Secretario Ejecutivo con derecho de voz.

Para hacer frente a la Reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF), el Consejo General del Instituto Nacional electoral (INE), aprobó modificaciones a su Reglamento de Sesiones en el que se establece que durante el Proceso Electoral Extraordinario el máximo órgano de dirección se integrará únicamente por consejerías electorales, con derecho de voz y voto, así como una Secretaria o Secretario Ejecutivo con derecho de voz.

Cabe mencionar que en dicho proceso se elegirán la totalidad de los cargos de Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las magistraturas vacantes de la Sala Superior y la totalidad de las Magistradas y Magistrados de salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, así como la mitad de los cargos de Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito.

El artículo Transitorio Segundo, párrafo quinto, del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial, establece que el Consejo General del INE podrá emitir los acuerdos que estime necesarios para la organización, desarrollo, cómputo, vigilancia y fiscalización del proceso electoral extraordinario que se efectuará en el año 2025.

Asimismo, que las y los consejeros del Poder Legislativo, así como las y los representantes de los partidos políticos ante el Consejo General, no podrán participar en las acciones, actividades y sesiones relacionadas con el referido proceso electoral extraordinario.

En el acuerdo, la autoridad electoral realiza una interpretación armónica de los preceptos constitucionales sobre la integración del Consejo General y lo establecido en la reforma, entendiendo que la regla general es que las consejerías del Poder Legislativo y las representaciones de los partidos políticos pueden concurrir al Consejo General con derecho de voz y la excepción es que no pueden hacerlo en el caso de los procesos electorales en los que se renueven cargos del Poder Judicial.

Por tal motivo, el INE modifica su Reglamento de Sesiones a efecto de precisar su funcionamiento en el caso de la elección de integrantes del Poder Judicial de la Federación, con la finalidad de generar certeza y seguridad jurídica a todas las personas que lo integran.

Entre las reformas y adiciones aprobadas que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, se encuentran las siguientes:

Las sesiones extraordinarias y extraordinarias urgentes que se celebren para tratar asuntos relacionados con los procesos para renovar cargos del Poder Judicial, el Consejo General se integrará únicamente por una Consejera o Consejero Presidente, 10 Consejeras y Consejeros Electorales, con derecho de voz y voto, y una Secretaria o Secretario Ejecutivo, con derecho de voz.

Asimismo, las y los consejeros del Poder Legislativo y las y los representantes de los partidos políticos no podrán ejercer atribuciones como la inclusión y retiro de asuntos en el orden del día, en el caso de aquellas sesiones convocadas para tratar asuntos relacionados con los procesos para renovar cargos del PJF.

En los casos de las sesiones extraordinarias que se celebren para desahogar asuntos relacionados con los procesos para renovar cargos del Poder Judicial, la solicitud para la celebración de una sesión solamente podrá realizarse por mayoría de consejeras y consejeros electorales, quienes además serán los únicos que podrán estar presentes y hacer uso de la palabra.

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