El Segundo Tribunal de Alzada en Materia Penal del Estado de México ratificó este lunes la sentencia de 17 años y seis meses de prisión contra el influencer Rodolfo Márquez, conocido como ‘Fofo’ Márquez, por su responsabilidad en el delito de feminicidio en grado de tentativa. La resolución desestima la apelación interpuesta por su defensa legal y reafirma la condena dictada desde el pasado 24 de enero.
El fallo: sin cambios en la condena, pero con ajustes económicos
De acuerdo con el tribunal con sede en Tlalnepantla, los hechos que originaron la causa penal quedaron plenamente acreditados, por lo que Márquez continuará cumpliendo su condena en el penal Molino de las Flores, en Texcoco, donde permanece desde su vinculación a proceso.
Aunque se ratificó la sentencia principal, los magistrados modificaron el monto económico correspondiente a la reparación del daño material, reduciéndolo a 36 mil 400 pesos, específicamente para cubrir el tratamiento psicológico de la víctima. Inicialmente, el monto global establecido superaba los 344 mil pesos, incluyendo conceptos como daño moral, daño emergente y lucro cesante, cuya cuantificación final será definida en la etapa de Ejecución Penal.
El caso: una agresión brutal grabada en video
Rodolfo Márquez fue detenido el 4 de abril de 2024, semanas después de que agrediera físicamente a Edith “N”, una mujer de 50 años, en un estacionamiento del municipio de Naucalpan. La agresión fue captada en video y difundida ampliamente en redes sociales, generando indignación pública. En las imágenes se observa cómo la víctima es arrojada violentamente al suelo, quedando expuesta al paso vehicular.
Durante el juicio, el Poder Judicial del Estado de México resaltó la obligación del Estado de garantizar la seguridad y protección de las mujeres, particularmente en contextos de violencia de género.
Defensa sin éxito: apelación rechazada
La defensa legal del influencer, encabezada por los hermanos Peruskia, intentó revertir la sentencia argumentando que Márquez debía ser juzgado por lesiones, no por tentativa de feminicidio. En marzo pasado, incluso se planteó la posibilidad de promover un amparo. Sin embargo, la nueva resolución judicial cerró la puerta a esa estrategia al confirmar la gravedad de los hechos y su correcta tipificación legal.
Con este fallo, se reafirma la condena impuesta a uno de los casos más mediáticos vinculados a violencia de género en el ámbito digital, dejando claro que el estatus social o mediático no exime de la responsabilidad penal ni de la rendición de cuentas ante la ley.

