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Comisión del IEEBC analiza vialidad de la implementación de lineamientos para la revocación de mandato

Publicada el 5 septiembre, 20255 septiembre, 2025 por Andrés Salcido
  • El proyecto será sometido a consideración del Consejo General.

La Comisión de Reglamentos y Asuntos Jurídicos del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), celebró sesión pública en la que aprobó el dictamen 10, en el cual se analiza la viabilidad jurídica de la implementación de lineamientos que normen el procedimiento de revocación de mandato en Baja California.

El consejero electoral y presidente de la Comisión, Javier Bielma Sánchez, comentó que el dictamen determina que el IEEBC podrá emitir lineamientos específicos relacionados únicamente con la etapa de recopilación de firmas ciudadanas para solicitar el procedimiento de revocación de mandato.

Esta facultad deriva del artículo 12, fracción VII, inciso b) de la Constitución Local, que dispone que el Instituto emitirá los formatos y medios para la recolección de firmas, así como los lineamientos para las actividades relacionadas, en una temporalidad específica, la cual se proyecta al mes previo a la conclusión del tercer año del periodo constitucional del Ejecutivo estatal.

Esto, dijo, garantiza la certeza y legalidad en el desarrollo de dicha etapa, sin anticiparse al momento procesal oportuno ni invadir competencias legislativas.

Asimismo, se determinó la inviabilidad jurídica para que, en ejercicio de la facultad reglamentaria, se norme de manera general o integral el procedimiento de revocación de mandato.

Al respecto, Bielma Sánchez precisó que la regulación integral del procedimiento corresponde exclusivamente al Congreso del Estado, mediante la expedición de la legislación secundaria correspondiente, conforme lo establece la Constitución Local.

Destacó que emitir lineamientos generales en ausencia de esa Ley sería invadir competencias del Poder Legislativo, contraviniendo los principios de legalidad, certeza y reserva de ley.

Además, la revocación de mandato, al incidir directamente en el ejercicio del poder público, requiere un marco normativo formal y no puede suplirse mediante disposiciones administrativas.

Bielma Sánchez indicó que el dictamen será remitido al Consejo General para los efectos legales conducentes.

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