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Advierten sobre sanciones ante nuevo esquema de contratación servicios especializados

Publicada el 21 enero, 202621 enero, 2026 por Andrés Salcido
  • Especialistas llaman a las empresas a revisar y validar que sus proveedores de servicios especializados cumplan con las obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social.

La contratación de servicios especializados ha generado dudas entre las empresas, particularmente en sectores industriales y de la construcción, donde persisten prácticas heredadas del antiguo esquema de subcontratación que hoy ya no son legales.

En este contexto, Ricardo Gómez, socio del despacho Consultores Asociados de Contadores, explicó que el modelo actual no representa un regreso a la subcontratación tradicional, sino un esquema con reglas estrictas cuyo objetivo principal es proteger los derechos de los trabajadores.

“No se trata de volver a prácticas anteriores, ya que este esquema tiene lineamientos muy definidos y sanciones claras para las empresas que no cumplan, lo cual obliga a revisar cuidadosamente cómo se contratan los servicios especializados”, señaló.

El especialista detalló que la reforma a la Ley Federal del Trabajo, a través del artículo 12, prohíbe la subcontratación de actividades que formen parte del objeto social o actividad preponderante de la empresa, permitiendo únicamente la contratación de servicios especializados ajenos a dicha actividad.

En ese sentido, indicó que este cambio busca evitar esquemas que afectaban directamente a los trabajadores, como la pérdida del reparto de utilidades, al tiempo que obliga a las empresas proveedoras de servicios a cumplir con sus obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social, además de contar con registro ante el REPSE.

“La intención del gobierno fue garantizar que los trabajadores reciban prestaciones completas, como la PTU, que antes se diluía porque las empresas de subcontratación reportaban no tener utilidades”, puntualizó Ricardo Gómez.

Añadió que las industrias con mayor uso de este esquema son la maquiladora y la construcción, debido a que requieren servicios complementarios como seguridad, limpieza o instalaciones especializadas, siempre que las empresas contratadas cumplan con los requisitos legales.

El contador subrayó que la responsabilidad no recae únicamente en el proveedor del servicio, ya que la empresa contratante también puede ser considerada responsable solidaria en caso de incumplimientos laborales o fiscales.

“Si una empresa contrata a un proveedor que no cumple con sus obligaciones, y aun así decide continuar con esa relación, puede enfrentar sanciones laborales, fiscales e incluso la no deducibilidad de las facturas emitidas”, advirtió.

Finalmente, el experto recomendó a las empresas verificar de manera constante que sus proveedores de servicios especializados estén en regla, ya que la correcta aplicación de este esquema no sólo protege a los trabajadores, sino que también evita riesgos legales y financieros para las organizaciones.

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