- La iniciativa del diputado Adrián Humberto Valle Ballesteros plantea que la pérdida de la patria potestad no extinga por sí misma el derecho de convivencia y que quienes tengan la guarda o custodia estén obligados a garantizar y facilitar el vínculo familiar
- La separación o el divorcio entre una pareja no tendría por qué significar la ruptura del vínculo entre madres, padres e hijos. Bajo esta premisa, el diputado Adrián Humberto Valle Ballesteros, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), presentó ante el Congreso de Baja California una iniciativa para fortalecer legalmente el derecho de niñas, niños y adolescentes a convivir con sus progenitores.
La propuesta busca reformar los artículos 282 y 420 Bis del Código Civil para el Estado de Baja California, con el objetivo de reforzar la protección del interés superior de la niñez y establecer con mayor claridad las obligaciones relacionadas con la convivencia familiar. El proyecto fue presentado el 30 de junio de 2026 y turnado a la Comisión de Justicia para su análisis. (Congreso BC)
De “procurar” a garantizar la convivencia
Uno de los principales planteamientos de la iniciativa es modificar el alcance de las obligaciones de quienes ejercen la patria potestad, guarda o custodia.
El proyecto busca que no se trate únicamente de procurar el acercamiento del menor con el otro progenitor, sino de establecer expresamente la obligación de garantizar y facilitar la convivencia, siempre que ésta sea compatible con el interés superior de niñas, niños y adolescentes.
De acuerdo con la descripción oficial de la iniciativa, la intención es fortalecer la protección jurídica del derecho de convivencia y evitar que éste quede condicionado exclusivamente a la voluntad de los adultos involucrados en una separación. (Congreso BC)
El planteamiento cobra relevancia particularmente en los casos en que, después de una ruptura, existen conflictos entre los progenitores relacionados con la guarda, custodia y régimen de convivencia.
La pérdida de la patria potestad no significaría automáticamente perder el vínculo
Uno de los puntos centrales de la propuesta consiste en establecer expresamente que la pérdida de la patria potestad no extingue, por sí misma, el derecho de convivencia de niñas, niños y adolescentes con sus progenitores.
La iniciativa busca diferenciar así dos conceptos jurídicos: el ejercicio de la patria potestad y el derecho de los menores a conservar vínculos familiares.
La propuesta no significa que una persona que haya perdido la patria potestad tenga automáticamente derecho a convivir sin restricciones. El propio planteamiento establece como límite el interés superior de la niñez, por lo que cualquier situación que represente un riesgo para el menor deberá ser valorada por la autoridad correspondiente. (Congreso BC)
El interés superior de la niñez, en el centro
La iniciativa parte de que las decisiones relacionadas con la convivencia deben tener como prioridad el bienestar de niñas, niños y adolescentes, y no los conflictos personales entre sus progenitores.
Esto resulta particularmente relevante en procesos de separación o divorcio en los que las diferencias entre los adultos pueden terminar afectando la relación de los menores con alguno de sus padres.
La propuesta busca que el marco jurídico estatal reconozca de manera más explícita que el derecho de convivencia pertenece a las niñas, niños y adolescentes, y que los adultos tienen responsabilidades para garantizar que ese vínculo pueda desarrollarse cuando sea seguro y benéfico.
No se trata de una convivencia obligatoria sin excepciones
Uno de los puntos que deben quedar claros en el debate público es que la iniciativa no establece una convivencia irrestricta en todos los casos.
El propio objeto de la reforma señala que la obligación de garantizar y facilitar la convivencia estaría condicionada a que ésta no sea contraria al interés superior de niñas, niños y adolescentes. (Congreso BC)
Esto resulta fundamental ante posibles escenarios de violencia familiar, abuso, amenazas u otras circunstancias que puedan poner en peligro la integridad física o emocional de un menor.
En este tipo de casos, las autoridades judiciales deberán determinar las medidas de protección y, cuando corresponda, las restricciones al régimen de convivencia.
Un debate que va más allá de la pensión alimenticia
La discusión también pone sobre la mesa una diferencia entre dos responsabilidades parentales: el cumplimiento de las obligaciones económicas y la presencia en la vida de los hijos.
El planteamiento legislativo surge en un contexto en el que existen conflictos familiares alrededor de la convivencia después de una separación, particularmente cuando uno de los progenitores considera que el otro cumple con determinadas obligaciones económicas, pero no mantiene una relación constante con sus hijos.
Sin embargo, es importante precisar que el Código Civil estatal ya contempla disposiciones relacionadas con el derecho de convivencia. La iniciativa de Valle Ballesteros busca fortalecer esas garantías y hacer más explícita la obligación de quienes ejercen la patria potestad, guarda o custodia de facilitar ese vínculo.
Por ello, el debate no consiste simplemente en establecer por primera vez un supuesto “derecho de los padres a ver a sus hijos”, sino en reforzar el derecho de las niñas, niños y adolescentes a conservar vínculos familiares, siempre bajo el principio del interés superior de la niñez.
No es una reforma vigente
La propuesta aún se encuentra en proceso legislativo.
El registro oficial del Congreso establece que la iniciativa fue presentada por Adrián Humberto Valle Ballesteros el 30 de junio de 2026 y posteriormente turnada a la Comisión de Justicia, por lo que todavía deberá ser analizada y, en su caso, dictaminada antes de llegar al Pleno para su eventual aprobación. (Congreso BC)
Hasta que concluya el procedimiento legislativo y, en caso de aprobarse, se cumplan las etapas correspondientes para su entrada en vigor, las modificaciones propuestas no constituyen obligaciones legales vigentes.
El debate queda abierto
La iniciativa coloca nuevamente sobre la mesa una discusión sensible para cientos de familias que atraviesan procesos de separación:
¿Una ruptura entre los adultos debe convertirse también en una ruptura entre los hijos y alguno de sus progenitores?
Para el diputado Valle Ballesteros, el marco jurídico debe garantizar que la respuesta se determine desde una perspectiva fundamental: el bienestar, la seguridad y el interés superior de niñas, niños y adolescentes.
El proyecto continuará ahora su ruta legislativa en la Comisión de Justicia del Congreso de Baja California, donde serán analizados sus alcances jurídicos antes de determinar si avanza hacia el Pleno.

