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Diputado Valle emite posicionamiento relativo a su iniciativa en materia de balidaje oficial

Publicado el 14 julio, 2025
  • Es un elemento para fortalecer la confianza ciudadana y prevenir abusos de autoridad; facilita la rendición de cuentas y contribuye a la prevención del delito.
  • Ante el Pleno se refiere a sus iniciativas de adición a las leyes estatales de Seguridad Pública, y del Sistema Estatal de Seguridad Ciudadana.

La identificación visible de los vehículos utilizados por las corporaciones de seguridad pública, contribuye a un entorno de mayor transparencia y seguridad jurídica, tanto para la ciudadanía como para los propios elementos policiales, ya que así pueden actuar con mayor certidumbre y legitimidad ante la sociedad.

Así lo señaló el Diputado Adrián Humberto Valle Ballesteros, al emitir un posicionamiento relativo a sus iniciativas que consisten en una adición a la Ley de Seguridad Pública, y a la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Ciudadana, ambas de Baja California.

Según expuso el Legislador del Partido Revolucionario Institucional, la identificación clara y permanente de las citadas unidades a través del balizaje oficial, es un elemento indispensable para fortalecer la confianza ciudadana; prevenir abusos de autoridad, facilitar la rendición de cuentas y contribuir a la prevención del delito.

El balizaje, entendido como el conjunto de distintivos visuales, colores, emblemas, logotipos, códigos de corporación, números de patrulla, entre otros y que permiten identificar a simple vista a un vehículo como perteneciente a una institución de seguridad pública, no debe ser una opción, sino una obligación legal.

Resaltó que este tipo de marcaje, no solo permite a la ciudadanía reconocer de inmediato a una autoridad legítima, sino que también evita la usurpación de funciones, por parte de actores delictivos que podrían utilizar vehículos sin rotular para cometer actos ilícitos, simulando ser autoridad.

Por otro lado, dijo que los vehículos sin balizaje o rotulación alguna, comúnmente denominados “no identificables” o “encubiertos”, deben ser regulados con rigor, asignándoles únicamente tareas de inteligencia, investigación o labores específicas que justifiquen su uso discrecional.

La ley debe establecer mecanismos de control, registro y supervisión estricta para estas unidades, garantizando que su uso no se traduzca en espacios de opacidad o en violaciones a los derechos de las personas.

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