- A través de un comunicado la empresa potosina Iberparking, manifiesta que el servicio de parquímetros y su operatividad fue aprobada en una sesión de cabildo municipal de Tecate el 19 de diciembre de 2022, donde se contemplaba su puesta en operación este 2023.
- A siete años de aprobado el contrato de parquímetros, no se han presentado resultados de investigación del caso, a pesar de notable rechazo de la ciudadanía.
Este es el comunicado: A los medios de comunicación de Tecate, B.C.:
Como es del dominio público, la empresa Iberparking, ha llevado a cabo la
instalación de parquímetros en la zona centro del municipio de Tecate, a fin de
iniciar la prestación del servicio público de estacionamiento en la vía pública
controlado por parquímetros. Hemos informado a los ciudadanos a través de los
medios de comunicación y volanteo en las zonas establecidas para la prestación
del servicio público, con los argumentos legales a los que tenemos derecho
establecido en el contrato de Asociación Público Privada y las resoluciones
judiciales que dan vigencia a dicho instrumento.
En días recientes se ha repartido un volante, en el cual se solicita a los ciudadanos
del municipio de Tecate, a no pagar parquímetros, ya que supuestamente, no están
establecidas las tarifas como obligación en la Ley de Ingresos 2023.
Sin embargo, en la Ley de Ingresos 2023 autorizada por el Cabildo y el Congreso
del Estado y “D A D O en el Salón de Sesiones Lic. Benito Juárez García del H.
Poder Legislativo en la Ciudad de Mexicali, Baja California, a los diecinueve días
del mes de diciembre del año dos mil veintidós”, en las páginas 115 y 116 en el
punto 10, se establecen los DERECHOS POR ESTACIONAMIENTO DE
VEHÍCULOS EN LA VÍA PÚBLICA, que a la letra dice:
ARTÍCULO 43.- Los propietarios de giros comerciales e industriales o aquellos que
necesiten por razones propias del desarrollo de la actividad que ejerzan, ocupar
sitios exclusivos de estacionamiento de vehículos, deberán obtener autorización
escrita de la Tesorería Municipal, debiendo pagar por mes dentro de los primeros
diez días los Derechos por este concepto, de acuerdo a la siguiente clasificación:
T A R I F A : IMPORTE EN PESOS
A.- Con señalamiento de cordones para sitios exclusivos de estacionamiento de
vehículos diariamente, por metro lineal.
a).- En batería………………….. $7.84
Av. Hidalgo 281 Int. 12 segundo piso, Primera Sección, Tecate,B.C.., C.P. 21400
Tel. 665 1004154
b).- En cordón según su actividad:
1).- En cordón para establecimiento comercial o industrial………. $6.86
2).- En cordón para unidades tipo taxi………………………. $4.90
3).- En cordón para carga y descarga…………………… $6.86
B.- En el estacionamiento de vehículos donde se encuentren instalados
aparatos medidores de tiempo de las 8:00 horas a las 18:00 horas diariamente,
excepto domingos y días festivos.
a).- Por hora……………………. $489.60
C.- Por infracciones al medidor, si se liquida después de los 15 días
siguientes……………………. $195.83
D.- Calcomanías para el derecho de estacionarse en zonas controladas por
estacionómetros.
a).- Semestral…………………… $979.19
b).- Anual………………………. $1,762.54
Los contribuyentes podrán realizar el pago de los importes a que se hace referencia
en la Fracción A y sus incisos, por adelantado, en el entendido de que, para esos
efectos, se tomará el valor del mes en que se realice dicho pago.
Por tanto, es legal la pretendida puesta en marcha del servicio público establecido
en el contrato de Asociación Público Privada, a través del cobro de las tarifas
establecidas en le Ley de Ingresos 2023, ya que claramente se establecen los
supuestos en los casos en que haya instalados equipos medidores de tiempo y /o estacionómetros.

