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ONU: 66% de acciones urgentes emitidas por desaparición son de México

Publicada el 14 junio, 2018 por Andrés Salcido

El Comité de la ONU contra la Desaparición Forzada (CED) informó que 66% de las 500 acciones urgentes que ha emitido son sobre México, por lo que Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos destacó la necesidad de implementar medidas al respecto.

Recordó que la primera acción urgente que el CED emitió fue en 2012 y sobre México, la número 500, seis años después, también. Resaltó que 66% del total de las acciones urgentes son sobre nuestro país, en Segundo lugar está Irak y en tercero Colombia.

Ante ese panorama la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos señaló que se suma a la necesidad de desarrollar un plan para la implementación de las acciones urgentes del CED, como lo ha solicitado el Movimiento por nuestros desaparecidos en México.

Lamentó que esta semana se alcanzó la cifra de 500 casos registrados bajo el mecanismo de acciones urgentes, que es un proceso que eleva a una desaparición forzada desde un nivel local y personal, para convertirla en un asunto entre un Comité de expertos de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y las más altas autoridades del país en donde ocurrió.

«Cada Acción Urgente representa a una persona desaparecida, cuya familia, allegados y amigos están sufriendo cada minuto de su vida por no tener idea de su suerte y paradero», dijo Suela Janina, presidenta del CED.

Añadió que el número de acciones urgentes ha crecido de manera continua desde que la Convención entró en vigor en 2010. Explicó que en la práctica, cuando el Comité recibe información sobre una desaparición forzada, toma contacto con el país concernido, y con los allegados de la víctima o sus representantes.

«Cuando una persona es víctima de una desaparición forzada, una intervención inmediata es clave», dijo Rainer Huhle, vice-presidente del CED, quien agregó: «No existe justificación válida alguna para pedir a los familiares de una persona desaparecida que espere 24, 48 o 72 horas antes de tomar acción».

Detallaron que el procedimiento de acción urgente es una de las herramientas más innovadoras de la Convención para la Protección de Todas las Personas contra las desapariciones forzadas, porque existen intercambios entre el Comité, el Estado y la persona que pidió la acción urgente hasta que la persona desaparecida es localizada.

Por ejemplo, «el Comité puede pedir al Estado que adopte medidas para proteger a las personas que están en peligro por sus vínculos con la persona desaparecida, o por las acciones que han tomado para buscarla», dijo Janina.

El objetivo del Comité, explicó, es ayudar a todos los involucrados, y de asesorar a los Estados para que respeten las obligaciones contenidas en la Convención contra las Desapariciones Forzadas, entre las que se incluye la exigencia de que esos hechos no vuelvan a ocurrir.

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