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Violentadores y violentadoras NO podrán participar en candidaturas de Proceso Electoral 2024: INE

Publicada el 4 marzo, 20244 marzo, 2024 por Andrés Salcido
  • Se determinará la pérdida del registro de las candidaturas que se ubiquen en cualquiera de los ocho supuestos previstos en la Constitución

A partir de hoy y hasta el 5 de marzo, el Instituto Nacional Electoral (INE) emitirá solicitudes a todas las autoridades del país, tanto locales como federales, para constatar que las personas postuladas como candidatas en el Proceso Electoral Federal (PEF) 2023-2024, no tengan sentencia firme por la comisión de delitos contra la vida y la integridad corporal, la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, violencia familiar, violencia doméstica, violencia a la intimidad sexual, violencia política, o sean deudores alimentarios.

Es decir, no incurran en cualquiera de los supuestos de la 8 de 8 contra la violencia, que para el PEF 2023-2024, constituye un instrumento normativo para determinar la pérdida del registro de las candidaturas que se ubiquen en cualquiera de los supuestos mencionados.

A partir de que el pasado 29 de febrero el Consejo General aprobó el registro de las candidaturas procedentes a diputaciones federales, senadurías y Presidencia de la República, postuladas tanto por partidos políticos como de forma independiente para el proceso electoral, este 2 de marzo el INE publicará la lista en su portal web e iniciará la verificación a través de distintos medios.

Todas las candidaturas debieron llenar un formato de buena fe y bajo protesta de decir verdad, en el que afirman no encontrarse en algunos de los supuestos mencionados.

Asimismo, la ciudadanía podrá hacer llegar información al INE, mediante  formularios que puede encontrar en la página institucional o acudir a partir de hoy y hasta el 2 de abril a cualquiera de los consejos locales o distritales de todo el país.

Por otro lado, se elaborarán y notificarán los requerimientos de información a diversas instancias de procuración de justicia, a fin de solicitar sentencias firmes de las personas candidatas, relacionadas con los supuestos establecidos en el artículo 38 de la Constitución.

Una vez que tenga las respuestas y cerrada la fase de obtención de información, se llevará a cabo el análisis y verificación a través de distintas unidades del Instituto.

En los casos en que se advierta el posible incumplimiento de requisitos de elegibilidad de una candidatura y se cuente con evidencia, la Secretaría Ejecutiva dará vista -entre el 2 y 8 de mayo- a las candidaturas y al partido involucrado, para que en un plazo de tres días naturales manifiesten lo que a su derecho convenga.

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